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Un menor lleva a España a Estrasburgo por absolver a dos vigilantes de Metro de Barcelona acusados de torturas

Los hechos tuvieron lugar en 2022 y quedaron grabados en vídeo

Vigilantes Metro Barcelona

Un menor ha llevado a la justicia española ante el Tribunal de Estrasburgo por la absolución de dos vigilantes del Metro de Barcelona a los que denunció por torturas en una reducción violenta en la calle, en noviembre de 2022, que documentó en vídeo. Responsables del centro pro derechos humanos Iridia han dado a conocer el caso este jueves, en una rueda de prensa en la que han presentado su informe anual, que concluye que un 65 % de las denuncias por torturas, maltratos y abusos policiales son archivadas por la justicia sin que se practiquen las “mínimas” diligencias de investigación.

Unas de esas denuncias que esgrimen los abogados de Iridia es la que presentó un menor de edad que mantiene que fue agredido por un vigilante de seguridad del Metro para reducirle, mientras otro permitía la agresión, tras discutirse con ellos en el interior de la estación. En la causa constan dos vídeos sobre los hechos: uno que muestra la discusión ocurrida en el interior de la estación por un incidente por la validación del tique del metro -tras la que el menor abandona el recinto- y otro que la novia del denunciante grabó, ya en la calle. En ese segundo vídeo, uno de los vigilantes se acerca al menor, sin mediar palabra, lo empuja hasta derribarle, lo aplasta con el cuerpo y le presiona con el brazo en el cuello -mientras el chico grita “me estás ahogando”-, hasta colocarle las esposas, a la espera de que lleguen los Mossos d’Esquadra.

Los vigilantes nunca presentaron denuncia contra el menor, que sí lo hizo contra los guardias, a los que acusó de un delito de torturas por entender que la violencia que emplearon contra él obedecía a un “castigo o represalia” por la discusión que mantuvieron en la estación a cuenta de la validación del billete.

El juzgado de instrucción número 8 de Barcelona tramitó la denuncia por un delito leve de maltrato, lo que impidió que se llevaran a cabo diligencias de investigación para aclarar los hechos, y tras el juicio absolvió a los vigilantes al enmarcar los hechos en una mera “reducción” del menor y dar por buena su versión sobre la supuesta agresividad del chico.

Tras agotar la vía de recursos interna, Iridia ha llevado al caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que deberá pronunciarse por primera vez sobre una denuncia por abusos contra un vigilante de seguridad privada en España. “El juzgado impidió cualquier mínima investigación sobre los hechos”, ha lamentado el abogado de Iridia Pol Mansilla, que cree además que este caso “ilustra perfectamente la pasividad del Ministerio Fiscal, que “no movió ni un dedo para que se indagara”. También creen los abogados que este caso responde perfectamente al “imaginario” de los juzgados: “cuesta mucho que concluyan que una autoridad puede cometer un delito de torturas”.

El informe que Iridia ha presentado hoy alerta de que los juzgados “no están garantizando una mínima investigación efectiva” sobre casos de maltratos, torturas o abusos cuando los responsables son agentes del Estado o de la seguridad privada: el 65 % de las denuncias acabaron archivadas de forma anticipada, tramitadas como delitos leves o directamente initidas.

En un 75 % de esos casos archivados, no obstante, la Audiencia de Barcelona ha dado la razón a la acusación ejercida por Iridia y ha ordenado que se practicaran diligencias de investigación para aclarar los hechos. “El sistema judicial falla al investigar torturas, maltratos de fuerzas de seguridad o funcionarios de prisiones”, ha advertido la directora de Iridia, Anaïs Franquesa, que cree que esas “carencias estructurales” del sistema judicial “debilitan la democracia”, además de causar dolor a las víctimas.

Iridia ha explicado además que un 42,8 % de los casos denunciados tienen un componente “racista” y ha denunciado la lentitud en la tramitación de estas causas, que suelen durar un promedio de cinco años hasta que se dicta sentencia.


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